Presidente Noboa decreta estado de excepción por 60 días en ocho provincias y tres cantones
El Decreto Ejecutivo 498 suspende la inviolabilidad de domicilio y correspondencia en las zonas incluidas y establece restricción de movilidad entre las 00h00 y 05h00 en El Oro, Guayas, Los Ríos y Manabí hasta el 30 de septiembre.

El presidente Daniel Noboa declaró un estado de excepción por grave conmoción interna durante 60 días en las provincias de El Oro, Esmeraldas, Guayas, Los Ríos, Manabí, Pichincha, Santa Elena y Santo Domingo de los Tsáchilas.
La medida también se aplica en los cantones Camilo Ponce Enríquez, en Azuay; Las Naves, en Bolívar; y La Maná, en Cotopaxi.
El Decreto Ejecutivo 498, suscrito este 15 de septiembre de 2026, dispone la suspensión de los derechos a la inviolabilidad de domicilio y de correspondencia en todas las jurisdicciones comprendidas en el estado de excepción.
La suspensión de la inviolabilidad de domicilio permitirá a Policía Nacional y Fuerzas Armadas ejecutar allanamientos inmediatos cuando existan indicios objetivos y razonables de presencia de integrantes de grupos armados organizados o estructuras de delincuencia organizada, así como de armas, municiones, explosivos, sustancias sujetas a fiscalización u otros objetos relacionados con posibles infracciones.
En el caso de la correspondencia, el decreto permite identificar, analizar y recopilar información considerada necesaria para prevenir o neutralizar amenazas vinculadas con las causas del estado de excepción. Cada intervención deberá contar con un informe motivado del órgano competente.
Restricción de movilidad en cuatro provincias
El decreto también suspende temporalmente la libertad de tránsito en El Oro, Guayas, Los Ríos y Manabí, desde el 17 hasta el 30 de septiembre, entre las 00h00 y las 05h00.
Quedan exceptuados, entre otros, el personal de establecimientos y servicios de salud, fuerzas de seguridad, entidades complementarias de seguridad y servicios de gestión de riesgos, emergencias y desastres.


