Ley contra reclutamiento de menores cambia 15 cuerpos legales: estas son sus principales medidas
La reforma aprobada por la Asamblea no se limita al aumento de penas. Introduce controles en entornos digitales, obligaciones para padres y representantes, nuevas tareas para los GAD y mecanismos de prevención y atención para menores en riesgo o víctimas de reclutamiento.

El Pleno de la Asamblea Nacional aprobó con 88 votos el proyecto para prevenir y erradicar el reclutamiento, uso o utilización de niñas, niños y adolescentes. El texto tiene 62 artículos y reforma 15 cuerpos legales, por lo que sus cambios alcanzan áreas penales, educativas, digitales, de salud, protección de derechos y competencias locales.
Uno de los cambios más fuertes está en el ámbito penal. La reforma eleva de 10 a 13 años a un rango de 22 a 26 años de prisión la sanción por reclutar o utilizar menores en grupos armados. La misma pena se establece para quienes, individualmente o como parte de organizaciones criminales, los capten o utilicen para cometer delitos. También se incorpora la posibilidad de presentar denuncias con reserva de identidad.
La ley también entra directamente en el entorno digital. Contempla el bloqueo temporal de direcciones IP, dominios, URL y otros identificadores que contengan material relacionado con el reclutamiento o utilización de menores. Además, se prevé el monitoreo de estos contenidos para generar alertas y trasladarlas a las autoridades competentes.
A esto se suma una obligación específica para las familias. El texto establece que “los progenitores o representantes legales de las niñas, niños y adolescentes tienen el deber de orientar, acompañar y supervisar” el uso de dispositivos electrónicos, redes sociales, plataformas digitales, videojuegos y otros entornos, de acuerdo con la edad y madurez del menor. Si el incumplimiento de ese deber provoca una amenaza o vulneración de derechos, podrán activarse medidas de protección.
Los GAD también reciben nuevas responsabilidades. Deberán incorporar medidas para prevenir que en espectáculos públicos se promueva o glorifique la actividad delictiva y emitir normativa para controlar este tipo de manifestaciones en espacios públicos ubicados en los alrededores de instituciones educativas. Las juntas cantonales, además, deberán registrar y reportar alertas sobre posibles casos de reclutamiento en un plazo máximo de 48 horas.
La prevención se extiende a escuelas y colegios. Educación, Salud e Interior deberán elaborar mapas de riesgo para identificar instituciones y sectores con mayor exposición al reclutamiento y al consumo de drogas. Los establecimientos educativos deberán contar con mecanismos para detectar posibles casos y los docentes tendrán que reportar señales de riesgo.
Para los menores que ya fueron captados, la reforma incorpora atención especializada en salud mental, prevención de adicciones, becas y ayudas económicas, programas deportivos, patrocinio de la Defensoría Pública y rutas de protección. La Asamblea señala que el proyecto busca combinar la sanción penal con detección temprana, atención integral y restitución de derechos.
En concreto, la reforma actúa sobre cinco frentes principales: penas más altas para los reclutadores, intervención sobre contenidos digitales, deberes de supervisión para padres y representantes, nuevas obligaciones para los GAD y mecanismos de prevención y protección para los menores. Su alcance es más amplio que una reforma penal porque modifica simultáneamente 15 normas del sistema jurídico ecuatoriano.


