El presidente Noboa decretó la opción de diferir hasta 90 días los créditos de afectados por El Niño
Las entidades financieras podrán aplicar el mecanismo con acuerdo del deudor. Las cuotas aplazadas pasarán al final de la tabla de amortización.

El presidente Daniel Noboa firmó el Decreto Ejecutivo 529, que permite a las entidades financieras públicas, privadas y de los sectores popular y solidario diferir temporalmente las obligaciones crediticias de personas afectadas por el fenómeno de El Niño. El plazo podrá ser de hasta 90 días.
La medida no es automática. El diferimiento podrá solicitarlo el deudor y deberá ser aceptado por la entidad financiera. También podrá proponerse por iniciativa de la entidad, siempre que el cliente dé su aceptación expresa.
Las cuotas que debían pagarse durante el período de diferimiento podrán trasladarse al final de la respectiva tabla de amortización. La aplicación del mecanismo no generará intereses moratorios, gastos, recargos ni multas.
La Junta de Política y Regulación Financiera y Monetaria deberá emitir la normativa para aplicar el decreto en un plazo máximo de 15 días, contado desde su publicación en el Registro Oficial. El decreto entrará en vigencia cuando sea publicado en ese registro.
El documento justifica la medida ante los posibles efectos de El Niño en la producción, el abastecimiento y la comercialización, así como en la capacidad de pago de productores y establecimientos de los sectores agropecuario, pesquero, comercial y de servicios ubicados en las zonas afectadas.


