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Corte Constitucional determina que acuerdo comercial con Estados Unidos requiere aprobación de la Asamblea

El organismo continuará con la revisión del contenido del tratado para establecer si es compatible con la Constitución.

Redacción de Ecuadorinmediato
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La Corte Constitucional dictaminó que el Acuerdo de Comercio Recíproco entre Ecuador y Estados Unidos necesita la aprobación de la Asamblea Nacional antes de su ratificación. La decisión fue difundida el viernes 16 de octubre y consta en el dictamen 1-26-TI/26.


El organismo identificó dos causales del artículo 419 de la Constitución: el compromiso de expedir, modificar o derogar leyes y la participación del país en acuerdos de integración y comercio. La resolución establece la necesidad del trámite legislativo; corresponde a la Asamblea decidir si aprueba el instrumento.


Entre las modificaciones legales identificadas constan cambios al Código Orgánico Integral Penal relacionados con investigaciones digitales mediante agentes encubiertos y la grabación no autorizada de películas en salas de cine. También se contemplan ajustes al Código de Ingenios sobre derechos de autor y derechos conexos.


La Corte aclaró que este pronunciamiento corresponde a la primera etapa del control constitucional. Todavía debe examinar el contenido del acuerdo para verificar su conformidad con la Constitución. Además, dispuso publicar el texto para que la ciudadanía pueda defender o impugnar su constitucionalidad durante un término de diez días.


El tratado fue firmado el 13 de marzo de 2026 en Washington. La Presidencia remitió el pedido de pronunciamiento a la Corte el 21 de abril, para determinar si era necesaria la aprobación legislativa previa a su ratificación.


El documento incluye compromisos sobre aranceles, reglas de origen, comercio digital, compras públicas, propiedad intelectual, derechos laborales y estándares ambientales. Las preferencias comerciales previstas dependerán de que se complete el proceso para su entrada en vigor.


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