La Comisión de Control Cívico de la Corrupción (CCCC) determinó indicios de responsabilidad penal en contra de Carlos Falquez Batallas, Alcalde de Machala, y de Bolívar Gonzabay Hinostroza, Procurador Síndico municipal, por actuar en contra de disposiciones legales y reglamentarias de la Ley de Contratación Pública, cometiendo el delito de peculado, tipificado. Ademas, la Comisión Anticorrupción remitirá el informe de investigación a la Ministra Fiscal Distrital de El Oro, Lucy Blacio Pereira, para que inicie la acción penal correspondiente, y a Carlos Pólit Faggioni, Contralor General del Estado, a fin de que determine las responsabilidades civiles y administrativas.
El Alcalde Falquez y el Procurador Síndico suscribieron, el 22 de marzo de 2007, con el representante legal de la empresa Hormiroca Cía. Ltda., Augusto Rosales Minuche, el Contrato de Construcción del Centro Oftalmológico, por 194.355,35 dólares, y al día siguiente pagaron el anticipo, sin haber notificado previamente de la adjudicación al contratista.
El 25 de abril de 2007, mediante un Acta de Incremento de Cantidades en la obra, el Alcalde Falquez y el Procurador Síndico trataron de justificar el incremento de 73.635,73 dólares al contrato de construcción del Centro Oftalmológico para Machala, sin que exista una justificación técnica, por lo que se pagó 267.991,08 dólares por la ejecución total de la obra, eludiendo el proceso contractual de Concurso Público de Oferta, infringiendo la Ley de Contratación Pública.
Además, se deberá establecer el grado de participación de: Juan Cisneros Echeverría, Director de Proyectos, y de Wilson Ordóñez Gómez, Director de Obras Públicas del Municipio, quienes, al elaborar y aprobar los estudios del centro oftalmológico, subvaloraron las cantidades de la obra, con el fin de que el presupuesto referencial no alcance el monto para el concurso público de ofertas, inobservando la Ley de Contratación Pública y el Reglamento de Determinación de Etapas en Ejecución de Obras Públicas.
También se debe analizar el grado de participación, en este delito penal, de Augusto Rosales Minuche, gerente y representante legal de la empresa Hormiroca Cía. Ltda., de acuerdo con lo establecido en el Art. 121 de la Constitución de la República.
La C.C.C.C. determinó indicios de responsabilidad civil y administrativa en contra de los integrantes del Comité de Contrataciones: Wilson Ordóñez Gómez, delegado del Alcalde; Jorge Gavilanes Ordóñez, delegado del Colegio de Ingenieros Civiles de El Oro; Kléber Becerra y Juan Cisneros Echeverría, técnicos del Municipio; y Bolívar Gonzabay Hinostroza, Procurador Síndico, por iniciar el proceso precontractual y adjudicar a la compañía Patridasa, la ejecución del Mercado de Puerto Bolívar sin legalizar previamente la expropiación del terreno de propiedad de la Asociación de Comerciantes Minoristas del Mercado de Puerto Bolívar.
Frente a estos dos hechos, la Comisión Anticorrupción remitirá el informe de investigación a la Ministra Fiscal Distrital de El Oro, Lucy Blacio Pereira, para que inicie la acción penal correspondiente, y a Carlos Pólit Faggioni, Contralor General del Estado, a fin de que determine las responsabilidades civiles y administrativas.